Conviértete en un proveedor de servicios

Vendorización

Todas las personas u organismos interesados en prestar servicios a las personas atendidas por los Centros Regionales de California deben completar un proceso de solicitud y aprobación, también conocido como proceso de proveedor. La aprobación de una solicitud de proveedor de servicios por parte de un Centro Regional certifica que la persona u organismo cumple con los estándares mínimos para prestar servicios a personas con discapacidades del desarrollo de cualquier Centro Regional en California. Los estándares mínimos para proveedores de servicios son establecidos por el Departamento Estatal de Servicios para el Desarrollo (DDS) y se describen en Código de Reglamentos de California, Título 17. Cada Centro Regional es responsable de un área geográfica definida. Los Centros Regionales solo pueden aprobar a los proveedores de servicios cuyas direcciones comerciales se encuentren dentro del área de servicio asignada a dicho Centro Regional.

Con quién contactar para hablar sobre la externalización de servicios

Los posibles proveedores de servicios cuya dirección comercial se encuentre dentro del área de servicio del Centro Regional de San Andrés (SARC) (condados de Santa Clara, San Benito, Santa Cruz y Monterey) deben determinar el tipo de servicio que planean ofrecer consultando esta página web del SARC y el sitio web del Departamento de Servicios para Personas con Discapacidades (DDS), así como investigando las leyes y regulaciones aplicables. Deben seleccionar un servicio para el que postularse según su experiencia y conocimientos. Los posibles proveedores de servicios pueden iniciar su consulta con el SARC a través del enlace del formulario de consulta que se encuentra al final de esta página. El equipo de Servicios Comunitarios del SARC responderá en un plazo de dos días hábiles.

Proceso de solicitud de proveedores

Una vez definida la necesidad de un servicio, se enviarán formularios, cuestionarios y/o hojas de trabajo al posible proveedor para que los complete. Dependiendo del tipo de servicio, puede haber requisitos adicionales de licencia, certificación y diseño del programa que deben cumplirse antes de que se acepte una solicitud. Dependiendo del tipo de servicio, es posible que se requiera que los proveedores participen en orientaciones organizadas por SARC. Dependiendo del tipo de servicio, SARC puede realizar una entrevista previa para determinar la experiencia que califica. SARC requiere que todos los posibles proveedores de servicios residenciales y de programas diurnos obtengan las licencias necesarias antes de presentar un paquete de solicitud de proveedor. Los requisitos generales de proveedor para todas las categorías de servicio se especifican en Título 17, Secciones 54300–54390.

Una vez presentada la solicitud con toda la documentación de respaldo, se revisará para verificar que esté completa, cumpla con el Título 17 y con la Norma Final de Servicios Basados en el Hogar y la Comunidad. Si la información proporcionada es completa y cumple con los requisitos, SARC programará una entrevista con la persona principal responsable del servicio contratado (por ejemplo, el administrador o director). La entrevista ayudará a determinar si la persona cuenta con la experiencia y las habilidades necesarias para brindar servicios de calidad. SARC se reserva el derecho de entrevistar a cualquier proveedor que esté estableciendo un nuevo servicio, incluidos aquellos con programas ya existentes.

San Andreas dispone de 45 días a partir de la recepción de la solicitud completa y/o la entrevista satisfactoria para aprobar la contratación del proveedor o proporcionar comentarios sobre los aspectos que requieran corrección o revisión. Si se aprueba, SARC emite una Carta de Aprobación del Proveedor de Servicios que incluye el número de proveedor asignado, el código de servicio aprobado, la tasa de reembolso acordada y la fecha de entrada en vigor. Si se deniega la solicitud, el solicitante recibirá una carta con los motivos de la denegación y se le informará sobre sus derechos de apelación, de conformidad con el Título 17.

Tarifas

La tasa de reembolso del proveedor de servicios se determina según la categoría del servicio, tal como se especifica en el Título 17. Existen varios tipos de estructuras de metodología de tarifas:

  • Tasa mediana – La tarifa es acordada mutuamente entre el Centro Regional y el proveedor de servicios sin exceder los límites de tarifa promedio de DDS para SARC.
  • Estado de costos – La tarifa la establece el Departamento de Servicios para el Desarrollo de California y se determina mediante una fórmula basada en el programa del proveedor de servicios, el costo permitido, la asistencia del cliente y los ingresos. Ver Tarifas de proveedores de DDS.
  • Modelo de tasa ajustada (nivel ARM) – Tarifas para servicios residenciales con licencia de la división de Licencias de Atención Comunitaria del Departamento de Servicios Sociales de California. Estas tarifas las establece el Departamento de Servicios para el Desarrollo de California. Ver Tarifas de proveedores de DDS.
  • Tabla de tarifas máximas permitidas (SMA) – Se aplica la tarifa SMA, establecida por el Departamento de Servicios de Salud para los servicios reembolsables bajo el programa Medi-Cal.

Relación jurídica entre SARC y los proveedores

El Centro Regional de San Andreas (SARC) contrata a proveedores de servicios. Estos proveedores no son empleados del SARC ni del DDS. Los proveedores de servicios son responsables de cumplir con todas las leyes estatales y federales de empleo e impuestos. La subcontratación de servicios es intransferible. El Título 17 prohíbe a los proveedores de servicios transferir la subcontratación de sus servicios a otra persona o entidad. El proveedor de servicios debe notificar al SARC con al menos 30 días de anticipación sobre cualquier cambio de propietario, administrador o director de programa, ubicación o en la licencia, certificado, registro, credencial o permiso requeridos. Los nuevos administradores o directores de programa deberán presentar todas las credenciales y documentación obligatorias para demostrar el cumplimiento de los requisitos reglamentarios y, según se considere necesario, participar en una entrevista con el personal correspondiente del SARC para confirmar su competencia en el servicio designado.

Referencias

Completar el proceso de solicitud para proveedores de servicios no garantiza ni implica que el proveedor recibirá referencias de clientes. La aprobación de una solicitud simplemente significa que el proveedor de servicios está autorizado para prestar el servicio seleccionado a las personas atendidas por el Centro Regional con la tarifa de reembolso aprobada/designada.

Aplicaciones de servicio independientes

La aprobación de un proveedor de servicios no es un proceso general que se aplique a todos los servicios que ofrece el solicitante. Cada servicio debe aprobarse por separado. Por ejemplo, si un proveedor ofrece servicios residenciales y también servicios de respiro fuera del hogar, cada uno de estos servicios debe someterse al proceso de solicitud y obtener la aprobación de forma independiente.

Cambio de propiedad

Cuando se produce un cambio de propietario, el nuevo propietario debe cumplir con los requisitos de proveedor, incluidos todos los requisitos de licencia, registro y certificación para el servicio prestado. Los proveedores de servicios deben notificar por escrito al Centro Regional proveedor y a todos los Centros de usuarios con al menos 60 días de antelación antes de interrumpir el servicio o realizar modificaciones en el diseño del programa o el plan de estudios.

Terminación

El Centro Regional podrá rescindir el contrato de proveedor si este infringe las normas o la legislación vigente.

Apelaciones

Un proveedor de servicios o un solicitante tiene derecho a apelar la denegación de la autorización de venta, la terminación de la autorización de venta o el incumplimiento por parte de SARC de las regulaciones de conformidad con el Título 17, Secciones 54380–54390. Puede revisar Título 17, Código de Reglamentos de California. Puede revisar el Ley Lanterman, Código de Bienestar e Instituciones.

Requisitos generales para proveedores de servicios

Además de los requisitos especificados anteriormente, todos los proveedores de servicios están obligados a cumplir con los siguientes requisitos.

Documentación e informes

  • Queda prohibido que más de un Centro Regional ofrezca el mismo servicio en la misma ubicación.
  • Cumplir con los requisitos de conflicto de intereses según lo determinen los criterios establecidos por Título 17, Secciones 54500–54535 y Secciones 4626–4628 del WIC.
  • Firme el formulario DS 1896, Acuerdo de proveedor de servicios domiciliarios y comunitarios.
  • Informe todos los incidentes especiales, según lo especificado en el Título 17, Sección 54327, al Centro Regional proveedor y al Centro Regional que presta los servicios de gestión de casos, según corresponda.
  • Presente un formulario DS 1891 completo cada 2 años y notifique a SARC sobre cualquier adición o cambio en la información divulgada en el DS 1891 (7/2011) y presente la información de conformidad con los requisitos de Título 17, Sección 54311(c).
  • Revisar y cumplir con las normas de SARC. Política de protección de denunciantes.
  • Mantener una descripción escrita de su estructura organizativa y operaciones en la oficina comercial del proveedor de servicios de conformidad con el Título 17, Sección 54326(b).
  • Cumpla con todos los requisitos de seguro establecidos por SARC y envíe anualmente un Certificado de Seguro actualizado a SARC para sus registros. Carta de seguros para proveedores (actualizada en marzo de 2024)

Auditoría independiente

Cuando todos los pagos que un proveedor de servicios recibe acumulativamente de SARC y otros centros regionales durante cada período anual del 1 de julio al 30 de junio igualan o superan $500,000, el proveedor de servicios está obligado por WIC, Sección 4652.5 contratar a un contador público certificado independiente, a cargo del proveedor de servicios, para que realice una auditoría o revisión independiente de los estados financieros.

Derechos del cliente

  • Promover los derechos de las personas atendidas por el Centro Regional y solo negar derechos de acuerdo con Título 17, Secciones 50500–50540.
  • Adoptar políticas y procedimientos internos por escrito para resolver las quejas de las personas atendidas por el Centro Regional de conformidad con la Sección 4705 de la WIC.

Facturación y tarifas

  • Facture únicamente por los servicios que se presten efectivamente a las personas atendidas por SARC y que hayan sido autorizados por el Centro Regional remitente.
  • No se facturarán las ausencias de las personas atendidas por SARC para ningún servicio no residencial.
  • Aceptan la tarifa establecida, revisada o ajustada por DDS como pago total por todos los servicios autorizados prestados a las personas atendidas por SARC y no facturan a la persona ni a la familia, curador, tutor o representante autorizado un monto suplementario, independientemente del costo de la prestación del servicio autorizado.
  • Cumplir con todos los requisitos de ratio de personal aplicables.

Registros y monitoreo

  • Se proporcionará acceso al personal de SARC y DDS, con o sin previo aviso, para supervisar los servicios y apoyos adquiridos por SARC. El personal de SARC tendrá acceso a las instalaciones, edificios y programa de servicios del proveedor, así como a todos los registros relacionados, incluidos libros, datos informatizados, registros contables y documentación pertinente.
  • Mantener registros detallados de los servicios prestados a las personas atendidas por SARC para verificar la prestación de las unidades de servicio facturadas. Dichos registros deberán conservarse durante un mínimo de cinco años a partir de la fecha de origen o hasta que se resuelvan las observaciones de la auditoría, lo que ocurra más tarde. Los registros deben especificar la fecha, la hora real del servicio, la ubicación, la naturaleza de los servicios prestados, las unidades de servicio prestadas y el nombre de las personas atendidas. Los datos de asistencia, según lo especificado anteriormente, para el período de facturación deberán enviarse a SARC junto con las facturas.
  • Poner a disposición, para auditoría, inspección o representantes autorizados de la agencia, todos los libros y registros relacionados con el servicio prestado, incluidos los de la organización gestora, si procede. Esto también incluirá únicamente las partes de los registros de personal necesarias para garantizar que las cualificaciones del personal cumplan con los requisitos establecidos en el Título 17, Sección 56724 y Sección 56770 o 56792, según corresponda, a fin de cumplir con el seguimiento de las normas del programa conforme a la Sección 4691(f) del WIC. Utilizar y acatar el Título 17, Secciones 50700–50767 y la Sección 4648.2 del WIC, en caso de que el proveedor de servicios decida apelar cualquier hallazgo de auditoría.
  • Mantener la confidencialidad de toda la información de las personas atendidas por el Centro Regional y utilizar dicha información solo en la medida necesaria para proporcionar servicios seguros y eficaces de conformidad con las Secciones 4515 a 4518 del WIC y la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico de 1996 (HIPAA).

Empleo

  • Cumplir con las disposiciones contenidas en el Ley de Normas Laborales Justas y el Código Laboral del Estado de California.
  • No discriminar en la prestación de servicios a las personas atendidas por SARC por motivos de raza, religión, edad, discapacidad, sexo, orientación sexual, identidad de género, idioma, cultura u origen nacional de la persona o de los miembros de su círculo de apoyo.
  • Proporcione una certificación, de conformidad con las Secciones 10410 y 10411 del Código de Contratos Públicos, que acredite que el proveedor de servicios y sus agentes o empleados, en la ejecución de los contratos, son contratistas independientes y no son funcionarios ni empleados del Estado de California.